El viernes por la tarde fue presentada en la Legislatura de la Provincia un pedido formal para que el cuerpo tome juramento a Alfredo Gerry como legislador electo por el Partido Justicialista. Esta decisión tiene que ver con que el intendente de Perico, Rolando Ficoseco, electo por ese espacio, no asumió el 4 de diciembre de 2017 – fecha de la preparatoria pasada – y siguió ocupando el cargo de intendente, sin que presentara su renuncia o al cargo de diputado o al cargo de titular del Municipio de Perico.
Lo cierto es que el 4 de diciembre, en este diario, manifestamos que si Ficoseco no asumía ese día, podría no hacerlo hasta el mes de marzo. Efectivamente así ocurrió, con el aditamento que finalmente la interna entre el sector de Guillermo Snópek y Guillermo Jenefes mantienen un enfrentamiento solapado con el sector que responde al presidente del PJ, Rubén Rivarola. En ese marco es que, Gerry, cuñado de Rivarola, presenta la nota formal para que le sea tomado el juramento de rigor y pudiera, si se da tal situación, asumir la banca que quedaría vacante.
El problema surge porque Ficoseco responde a Snópek-Jenefes y Gerry a Rivarola, y ambos sectores pugnan para que ese espacio quede en sus manos, pero al no haber asumido Ficoseco y en caso que no lo hiciera, la tradición legislativa de la Cámara indica que “corre la lista”, es decir que por ejemplo si el partido en cuestión logró ingresar 5 diputados y uno de ellos no asume, entonces jura el que estaba en el número 6 – en este caso Gerry – .
Ejemplo de ello fue la repentina muerte de la ex diputada Pilar Bermúdez quien fuera electa diputada el 28 de octubre de 2007 y fallece el 13 de noviembre del mismo año, sin asumir su banca, lo que produjo el “corrimiento” de la lista y asumió entonces Eva Cruz, en ese momento referente del sector de Jenefes. Igual situación se dio en el 2015, cuando varios de los diputados electos por Cambia Jujuy renunciaron a ocupar sus bancas para asumir cargos ejecutivos, y nuevamente, se dio el corrimiento.
Sin embargo y por la pugna interna, lo que pretendería el snopismo-jenefismo es que asumiera el primer suplente, es decir, Héctor Olindo Téntor, quien si bien no es del riñón de los Guillermos, por lo menos no es hombre de Rivarola.
Aquí se plantea una cuestión que parece tener interpretaciones diversas. Por un lado, el diputado Juan Cardozo (guillermista) presidente del bloque del PJ, dijo en Canal 7 de Jujuy (propiedad de la familia Jenefes y otros) que el artículo 86 inc 13 de la Constitución de la Provincia indica “que a los diputados titulares los reemplazan los suplentes, no hay conflicto ni discusión en ese sentido”. Lo que es cierto, pero la Constitución no prevé que esos “titulares” renuncien antes de asumir o no asuman directamente, como el caso de Ficoseco. Entonces, sí habría discusión, más allá de la sentencia unilateral del diputado Cardozo.
En el mismo sentido la ley electoral de la provincia en su artículo 52 expresa con claridad meridiana: Se elegirán Diputados suplentes, por cada lista partidaria, en la cantidad que corresponda. En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente del titular en ejercicio, los sustituirán quienes figuren en la lista como candidatos suplentes, según el orden establecido. Completarán el período que corresponda al reemplazado.
Puede ocurrir entonces que si se diera la vacancia de la banca de Ficoseco quien aún es diputado electo, Cardozo, Snópek y Jenefes entendieran que se trata un artículo “inconstitucional”, ya que la ley está por debajo de la Constitución y la Constitución no aclara si se trata del reemplazo de un diputado titular en ejercicio o electo, dice simplemente “titular”.
Ergo, el sector “guillermista” del PJ podría presentarse ante el Superior Tribunal de Justicia, único órgano que dirime la constitucionalidad de una ley, y pedir la “inconstitucionalidad” de la ley electoral para que finalmente pudiera asumir, reitero en caso de vacancia efectiva por parte de Ficoseco, el primer suplente, es decir Tentor y no Gerry.
Y si, en el marco de las especulaciones, el Superior Tribunal de Justicia le diera la razón al sector “Guillermista” del PJ, y resolviera la inconstitucionalidad del artículo 52 del código electoral, entonces podría producirse un problema de proporciones para la UCR. ¿Por qué?
Porque los diputados suplentes que no asumieron en 2015 luego que Raúl Rizzoti y María Inés Zigarán renunciaran antes de jurar y sí lo hicieran Renán Dada y Marcela Arjona a través del sistema “corrimiento de lista”, podrían reclamar derechos adquiridos. Y entonces, ¿Eva Cruz habría sido una diputada inconstitucional? ¿Dada y Arjona también?
Lo paradójico es que quien les tomó juramente a Dada y Arjona, avalando el “corrimiento” de listas fue Guillermo Jenefes. Sí, el mismo que hoy conduce, junto a Guillermo Snópek, el sector que dice que, en palabras de Cardozo, el artículo 86 inciso 13 de la Constitución de la provincia indica que a los diputados titulares los reemplazan los suplentes “no hay conflicto ni discusión en ese sentido”.
De todas formas lo único cierto en todo este escándalo es que Ficoseco aún no renunció a la intendencia de Perico ni tampoco a la banca de diputado provincial. Para asumir como diputado debiera renunciar a la intendencia ya que según la Constitución, ambos cargos son incompatibles.
Lo más probable es que Ficoseco se aferre al sillón de Intendente, donde maneja un importante presupuesto a diferencia de apenas una dieta y un par de cargos legislativos y renuncie a ser diputado provincial. Pero para ello, habrá que esperar. Por ahora, la pelea es por una vacante inexistente que demuestra el conflicto interno que divide al peronismo jujeño entre los “Guillermistas” de Jenefes y Snópek y el presidente del PJ, Rubén Armando Rivarola.
