El juez Isidoro Cruz rechazó el pedido de detención de Fellner

Por Rosario Agostini

Pasadas las 19:00 horas y amparándose en el artículo 63 del Código Procesal Penal de la Provincia, el juez de control Isidoro Cruz, rechazó los pedidos de detención que había efectuado el fiscal Diego Cussell contra Eduardo Fellner, Luis Cosentini, Lucio Abregú y la escribana Claudia Trenque, entre otros.

El juez Isidoro Cruz se amparó en el artículo 63 del CPP para rechazar el pedido de detención sobre los investigados por la fiscalía a cargo de Cussell, sin resolver aún sobre la competencia del fuero a su cargo.

Llama la atención que el juez, quien tiene dos pedidos que resolver sobre su competencia en la causa, haya resuelto rechazar los pedidos de detención contra Fellner, Cosentini, Abregú y el resto de los imputados, antes de resolver la cuestión de la competencia.

Por otro lado, cabe aclarar que tanto la defensa de Cosentini como la de Abregú, realizaron el cuestionamiento de la competencia del fuero penal ante el juez Cruz, mientras que la defensa de Milagro Sala, en el mismo caso, habría requerido al juez federal de Jujuy, Mariano Wenceslao Cardozo que solicite el expediente y la causa al juez Cruz.

Puede leerse en las estrategias judiciales de las defensas una maniobra conjunta ya que de acuerdo al Código Procesal, quien pide la inhibitoria no puede pedir a su vez la declinatoria, entonces, realizando una especie de operación pinzas, unos cuestionan al fuero local y otros van al fuero federal, en el mismo momento, a pedir que solicite la causa.

En orden a la competencia del juez, la Cámara de Apelaciones, frente a un pedido de Lucio Abregú en el caso «Pibes Villeros”, manifiesta: «La primera regla es que es competencia del juez del lugar de comisión del delito, esto tiene su base dogmática en el artículo 118 de la Constitución Nacional”.

En otro párrafo, la Cámara de Apelaciones le dice a la defensa de Abregú: «los jueces por regla, son competentes para resolver todas las causas suscitadas en el territorio que la ley les asigna para el ejercicio de su jurisdicción”.

Sin embargo, otro antecedente que puede ser tenido en cuenta es el fallo en el caso Sueños Compartidos, donde la que entiende en la causa es la justicia federal, que extrañamente no imputó a Julio De Vido, pero marcó claramente que la decisión de la distribución de los recursos recaía en el Ministerio de Infraestructura y por eso apartó del caso a intendentes y gobernadores complicados en la causa que tiene como máximos protagonistas a Hebe de Bonafini y los hermanos Sergio y Pablo Schoklender.

Habrá que esperar para saber de qué lado de la biblioteca se ubica el juez Isidoro Cruz, por ahora lo que hizo fue rechazar el pedido de detención contra Fellner y el resto de los imputados solicitado por el fiscal Diego Cussell.

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