La modificación del Código Penal fue impulsada por la diputada radical Gabriela Burgos y respaldada desde el Ministerio de Seguridad.
Tras aprobar los proyectos sobre límite a las excarcelaciones –con modificaciones- y suspensión de la probation para los delitos de género, el Senado sancionó una ley que equipara la penetración oral forzada con una violación.
La iniciativa modifica el artículo 119 del Código Penal con el objetivo de condenar la penetración oral forzada («fellatio in ore”) y la introducción de objetos por vía vaginal y anal («empalamiento”), los cuales deberán ser considerados como delitos de violación.
«El Código hoy deja a la libre interpretación de los jueces si estos hechos aberrantes configuran un delito de violación o solamente se trata de abuso sexual”, expresó la presidenta de la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, Gabriela Burgos, autora del proyecto.
La radical sostuvo que «causa el mismo daño psíquico, físico y moral el acceso carnal forzado por vía bucal y el empalamiento de una persona, que el delito de violación que establece nuestro Código Penal.
«Con esta ley buscamos equipar el principio de igualdad de las víctimas de forma clara y precisa igualando a la violación con acceso carnal”, concluyó Burgos.